ABIERTO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN 2013



Ayudas individualizadas

ABIERTO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN 2013

 

 

 

 

 

Orden 3/2012, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas y subvenciones para atención a personas con discapacidad o con enfermedad mental y para la promoción de accesibilidad y se hace pública su convocatoria para el año 2013 (DOCV núm 6.941 de 11.01.2013)

 

 

OBJETO:

 

 

Prestaciones Económicas Individuales (P.E.I.) para las personas con discapacidad para el ejercicio 2013.

 

  1. AYUDAS DE DESARROLLO PERSONAL.

     

Constituyen el objeto de las ayudas para el desarrollo personal las medidas dirigidas a facilitar la autonomía personal a personas con problemas motores o sensoriales, propiciando el mantenimiento en el propio entorno familiar y social, incrementando su autonomía y favoreciendo sus relaciones y la integración en la sociedad.

 

Tipos de Ayudas para el Desarrollo Personal:

 

- Ayudas Técnicas y productos de apoyo.

- Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.

- Ayuda para la adaptación de vehículos.

- Ayuda para el transporte.

 

  1. AYUDAS COMPLEMENTARIAS DE APOYO SOCIAL

     

- Ayudas para la atención especializada en centros residenciales

 

Las ayudas de atención complementaria para la atención especializada podrán ser solicitadas por las personas afectadas por algún tipo de discapacidad, que se encuentran en situación de extrema urgencia y necesidad y carezcan de recursos económicos suficientes, que les impida hacer frente al precio de un servicio de atención residencial especializada, o por su representante legal o, en su caso, guardador de hecho.

 

PLAZO DE

PRESENTACIÓN:

 

 

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

 

DOCUMENTACIÓN

ANEXO III. Modelo de solicitud

ANEXO V. Modelo de domiciliación bancaria




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